El Gobierno Nacional ha anunciado una transferencia para contrarrestar el impacto económico causado por los recientes aumentos en el precio de la gasolina.
Este subsidio estatal, denominado Competaxi, será administrado por el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Transporte y el Departamento para la Prosperidad Social (DPS).
Para implementar esta ayuda, el Ministerio de Transporte, en colaboración con el Ministerio de Hacienda y Prosperidad Social, lanzará la medida Competaxi, dirigida a individuos, hogares y comunidades en situación de pobreza y vulnerabilidad socioeconómica. Este programa consistirá en una entrega única que beneficiará hasta a dos conductores por vehículo.
Ambos ministerios llevarán a cabo un análisis detallado para determinar el procedimiento y el monto exacto del subsidio, así como para identificar a los conductores elegibles que podrán recibirlo.
Según Gustavo Bolívar, director del Departamento de Prosperidad Social –DPS, el subsidio se destinará exclusivamente a los conductores de taxis, no a los propietarios de los vehículos. Se estima que cada beneficiario recibirá entre $400.000 y $500.000.
Por otro lado, el ministro de Transporte, William Camargo, anunció la implementación de una aplicación diseñada para apoyar a los taxistas. En relación con este tema, Camargo enfatizó en la neutralidad tecnológica frente a las disposiciones, habilitaciones e inscripciones de estas plataformas, que han generado tensiones con los taxistas.
Requisitos para el subsidio
El subsidio Competaxi se otorgará en una ocasión única, beneficiando a un máximo de dos conductores por vehículo. Para acceder a este beneficio, los conductores deben cumplir con tres requisitos y completar el proceso de postulación:
-Tener licencia de conducción vigente en las categorías C1, C2 o C3.
-Que el vehículo registre como tipo de combustible exclusivamente gasolina motor corriente.
-Tener vigente el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes.
FUENTE QUINDIONOTICIAS.COM