Personas sordas podran acceder a licencias de conducción

El Ministerio de Transporte, y la Federación Nacional de Sordos de Colombia, Fenascol, en apoyo con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Ansv, expidieron la Resolución 20223040030355 del 31 mayo de 2022 que permite a las personas con sordera profunda, acceder a las licencias de conducción en Colombia para manejar vehículos particulares a partir del 1 de junio de 2022.

Sobre esto, se argumenta que la discapacidad auditiva no es un impedimento para manejar carros particulares, y que esto abre el camino para que en el futuro también lo hagan en públicos.

“En la resolución expedida el 31 de mayo de 2022, concluimos que para vehículos destinados al servicio particular, la información consultada y obtenida, no muestra que haya resultados concluyentes para la asociación entre limitaciones auditivas y la tasa de siniestros y habilidades para conducir”, afirmó Camilo Pabón, viceministro de Transporte.

Por tanto, esta Resolución se da gracias al estudio técnico realizado por la Universidad de los Andes e Insor, donde concluyen que las limitaciones auditivas no están directamente relacionadas con los la tasa de siniestros o con las habilidades para conducir.

Con respecto al contexto colombiano, el Ministerio de Transporte indica, que estas pesquisas se obtuvieron por recomendaciones de buenas prácticas para conductores con pérdida auditiva adoptadas en países como Australia, Canadá y Reino Unido, lugares donde la población ya cuenta con esta  autorización, siendo referentes en la reducción de accidentes viales.

“Por muchos años la comunidad sorda solicitó las condiciones para acceder a la licencia de conducción de vehículos particulares y hoy el legado del Gobierno Nacional es esta resolución que les permite ejercer su autonomía en este medio de transporte. Dejamos, además, las bases sentadas para que se sigan construyendo de manera conjunta los reglamentos para que el alcance de este documento llegue al transporte público”, señala Luis Lota, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Así que, la resolución demanda a las autoridades de tránsito y demás entidades y organismos de apoyo, en un lapso de un año, a partir de la fecha de su expedición, establecer, implementar y garantizar pautas para la accesibilidad a canales de atención incluyentes. Asimismo, se manifiesta que cuando la licencia sea otorgada a una persona con pérdida auditiva moderada, moderadamente severa, grave o profunda, el documento lo debe indicar en su anverso, dentro de la casilla de restricciones.

FUENTE QUINDIONOTICIAS.COM