

Después de ser declarada a la viruela símica como emergencia en salud pública de importancia internacional por parte de la Organización Mundial de la Salud, OMS, el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia, ha emitido una serie de lineamientos a las entidades prestadoras de salud y aseguradoras.
Recordemos que hasta la fecha, el país ha registrados 20 casos de viruela del mono, donde 14 de ellos se encuentran en Bogotá, 3 en Antioquia, 1 en Cundinamarca, 1 en Risaralda y 1 en el Valle del Cauca.
Por tanto, Iván Mesa, director de Aseguramiento en Salud, manifestó que, “dado que ya existe circulación de la enfermedad en al menos 72 países del mundo, en Colombia hasta la fecha ya se registran 20 casos confirmados y el país se encuentra en una fase de contención y vigilancia intensificada, estas recomendaciones resultan esenciales para reducir el impacto de una transmisión comunitaria”.
Las pautas se emiten en la Circular 0033 de 2022, donde se indica cuáles son los criterios que deben cumplir tanto las EPS como las IPS, reduciendo los riesgos y aumentando los cuidados frente a una posible transmisión comunitaria mayor.
Así que con el propósito de optimizar los procesos, el MinSalud ha estipulado las siguientes directrices para las EPS, Entidades Adaptadas, y Administradores de los Regímenes Especiales y de Excepción, son:
– Fortalecer el relacionamiento con la Red Integral de Prestadores de Servicios de Salud con el fin de optimizar medidas de control.
-Reducir posibles cadenas de contagio y establecer rutas de atención.
-Definir los prestadores que servirán como Centro de Referencia para la atención de casos.
-Fortalecer las modalidades de prestación de servicios con estrategias como jornadas, atención domiciliaria, unidades móviles y telemedicina para la atención integral.
-Implementar actividades de teleapoyo con los profesionales de la salud, contar con líneas de atención al usuario 24/7 para orientar a los usuarios respecto a la viruela símica.
-Adelantar actividades de teleorientación para los casos probables y confirmados.
-Difundir información a los afiliados sobre las IPS dónde podrán ser atendidos, como también realizar actividades de comunicación y educación a la población.
Por su parte, las IPS deberán tener en cuenta disposiciones como:
-Realizar ajustes en los procedimientos de atención en cumplimiento de las directrices del Gobierno Nacional.
-Formular, actualizar e implementar planes de contingencia para atención oportuna de los casos.
-Capacitar a sus trabajadores en la viruela símica.
Asimismo, es importante recordar la necesidad de definir la ruta de traslado de los pacientes, la ruta sanitaria institucional para la evacuación de residuos aplicando las medidas de bioseguridad; restringir las visitas para los casos confirmados o sospechosos; garantizar los insumos para la toma de muestras; disponer estrategias de información para la población y realizar las respectivas notificaciones a las entidades territoriales, entre otras.
FUENTE QUINDIONOTICIAS.COM